PENSAMIENTOS, VALORES Y SENTIMIENTOS

Con este blog se pretende que las personas que entren en él se hagan una idea de la sociedad en la que vivimos, una sociedad que va desprendiendo a segundos marginación, desadaptación, desigualdad, ignorancia, intolerancia...... Vivimos en un sistema que ni si quiera nosotros mismos controlamos, un sistema que elige a las personas afortunadas y a las desafortunad.

Espero que con los argumentos de este blog podamos ver la realidad desde un punto objetivo y no subjetivo. La acomodación de una persona termina limitando los valores de las vidas ajenas.

"Mañana cualquiera de nosotros podríamos estar en una situación desventajosa en un mundo aparentemente igualitario, no estamos tan lejos como pensamos"

martes, 8 de junio de 2010

EXPOSICIÓN MENORES EN DESAMPARO


Este grupo comenzó su exposición de una forma un poco peculiar, ya que todos estábamos esperando una teoría y unas dos horas de exposición pura y dura. Pues la verdad, no fue así, es más comenzaron su exposición realizando una dinámica muy divertida. Dividió la clase en dos grupos que tenían que competir (!y como no somos competitivos en clase¡), había que contestar una preguntas referente al tema de menores en desamparo y, quien perdiera se iba para el grupo contrario. Estuvo divertida, aunque lo más fascinante fue la temática, ya que nos pudimos hacer una idea de la escasez de contenido que teníamos sobre menores en desamparo.

Antes de comenzar con la exposición, todos teníamos una idea general de la realidad que acoge a los menores en desamparo, pero era sólo a groso modo. Habíamos tocado el tema en Servicios Sociales Comunitarios y Especializados, pero sólo se había proporcionado los elementos más significativos y esenciales para la asignatura.

Una vez finalizada la dinámica, las compañeras comenzaron a explicar a nivel más teórico todos aquellos elementos que repercute a los menores en desamparo. Comenzaron de lo más general a los más específico, es decir de las legislaturas vigentes para los menores hasta los programas de acogida para los menores (recursos). A continuación realizaremos una breve estructura de la teoría que vimos en clase.

Comenzaron con una introducción que explicaba a groso modo la evolución de los menores a los largo de la historia y, como el concepto de menor ha ido cambiado, así como las conductas dirigidas a ellos. Hoy en día no se considera un menor como hace ya 100 años, pues a día de hoy con los cambios políticos, sociales, económicos y culturales, la figura del menor presenta un estatus más elevado. Actualmente el menor es considerado como algo frágil, vulnerable y débil; que deben ser cuidados y protegidos por toda la ciudadanía. Aunque esta se la visión que más conocemos, no es la que más predomina. Los estudios demuestras que niños tanto de países desarrollado como países sub-desarrollado sufren algún tipo de maltrato o desamparo.

La tipología del maltrato también se ha visto modificada tanto en la forma de darse como en donde se da, ya que dependiendo de la cultura, el nivel educativo, el desarrollo del país, el contexto… predominará un tipo de maltrato u otro. A continuación definiremos aquellos maltratos que más predominan en los países desarrollados como es el caso de España.

· Maltrato físico: Acción no accidental de algunos adultos que provoca daño físico o enfermedad en el menor, o que le coloca en graves riesgos de padecerlos como consecuencia de alguna negligencia intencionada.

· Maltrato emocional: No se toman en consideración las necesidades psicológicas del menor, particularmente las que tienen que ver con las relaciones interpersonales y con la autoestima.

· Abuso Sexual: Utilización que el adulto hace de un menor para satisfacer deseos sexuales.

· Abandono o negligencia: Situación en que las necesidades físicas básicas de un menor y su seguridad no son atendidas por quienes la responsabilidad de cuidarlo.

· Maltrato prenatal: Situación y características de estilos de vida de la mujer embarazada que, siendo evitable perjudican el desarrollo del feto.

· Mendicidad: Menores que son utilizados habitualmente o espontáneamente para mendigar o bien el menor la ejerce por iniciativa propia.

· Corrupción: Conductas de los adultos que promueve en el niño pautas de conductas antisociales o desviadas, particularmente en el área de la agresividad, la apropiación indebida, la sexualidad y l tráfico o el consumo de drogas.

· Síndrome de Münchhausen por poderes: Se provoca en el menor síntoma físico patológico que requieren hospitalización o tratamiento médico reiterado.

· Maltrato institucional: Situaciones que se dan en centros y organizaciones que atiende a menores de edad y en las que por acción u omisión no se presenta los derechos básicos a la protección, el cuidado y la estimulación del desarrollo.

El maltrato o desamparo del menor no se da siempre de forma intencionada, ya este es la consecuencia de: la imposibilidad de los padres de ejercer el deber sobre la protección del menor, incumplimiento de los deberes de protección sobre el menor (sería caso de maltrato intencionado) y por el inadecuada cumplimiento de los deberes de protección del menor.

Para dichos maltrato el estado español desde hace ya más de medio siglo ha ido creando recursos legislativos que penalicen estos tipos de maltrato. Los más conocidos son:

· Constitución Española.

· Declaración Universal de los Derechos del Niño.

· Ley 1/1998, de 20 de Abril, de los Derechos y Atención del Menor
Decreto 355/2003, de 16 de Diciembre, del Acogimiento Residencial de
Menores.

· Decreto 42/2002, de 12 de Febrero, de la Consejería de Asuntos Sociales, de
Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa.

Este marco legislativo se ha visto apoyado tanto por la creación de instituciones de servicios especializado para menores (Ej. Servicios Sociales Especializado, área del menor, equipos de tratamiento familiar, etc.) Éstos han construido alternativas de intervención para poder trabajar en la protección del menor en situación de riesgo, así como con la familia. Los recursos más conocidos para ello son:

· Acogimiento Familiar. Este tipo de acogida está regulada por el Decreto 282/2002 de 12 de noviembre. Su tipología puede ser variada:

® Acogida simple en una familia extensa.

® Acogida simple en una familia ajena.

® Acogida permanente en familia extensa.

® Acogida permanente en familia ajena.

La duración del menor en las familias dependerá de la situación de maltrata que se le haya sido diagnosticada. Puede ser de corta duración, de larga duración, en situación de emergencia, etc.

· Acogimiento residencial. Este tipo de acogida está regulada por: Decreto 355/2003, de 16 de diciembre de Acogimiento Residencial de Menores los Centros de Protección, Orden del 13 de julio 2005 Proyecto Educativo Marco para los Centros de Protección de Menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, La Orden de 29 de febrero de 1996, requisitos

Materiales y funcionales de los servicios y centros de servicios sociales en Andalucía. Su metodología va en función del tiempo de duración y las características del menor.

Funciones:

® Duración a Corto Plazo.

§ Respiro, emergencia primera acogida.

§ Casos de maltrato: abuso sexual, maltrato físico grave o cuando hay separación entre los padres.

® Duración a Medio Plazo:

§ Adopción o acogimiento familiar

§ Tratamiento de trastornos emocionales y de comportamiento social de los niños antes de regresar a su casa o de estar preparado para convivir en un hogar de acogida.

® Duración a Largo Plazo:

§ Adolescente: vida independiente

§ Trastornos intelectuales y necesidades de atención muy especializada, falta de otro recurso familiar

§ Grupos de hermanos.

Tipos de instituciones.

® Residencias:

§ Núcleos de convivencia similares a las casas

§ Espacios comunes.

§ Se ofrece: alojamiento, convivencia y educación.

§ Período más breve posible.

§ Capacidad reducida, máximo de 35 plazas por centro.

§ Distribución deberá asemejarse a la de una vivienda familiar normalizada.

® Casas:

§ Núcleos de convivencia ubicados en viviendas normalizadas.

§ Siguen los patrones de los hogares familiares.

§ Contarán con la distribución de espacios tradicionales vivienda.

§ Máxima de 8 plazas.

® Casas tuteladas.

§ La misma función que las casas.

§ Compartida por jóvenes de 16 a 18 años.

§ Des-internamiento progresivo” (programas específicos: desarrollo autonomía personal y fomento integración socio-laboral, logrando la independencia a la mayoría de edad.

· Adopción. Este tipo de acogida está regulada por Ley 21/1987, de 11 de Noviembre, en España se produce un cambio radical en la concepción de la institución jurídica de la adopción. Para llevar a cabo la adopción existe una serie de requisito según el Código Civil:

® 25 años y, al menos, 14 años más que el adoptado.

® En situación de estar empareja, basta que uno de ellos cumpla el requisito de edad.

® No podrá ser abuelo, hermano o cuñado de la persona adoptada.

® Ruptura de vínculos personales, familiares y jurídicos entre el hijo adoptivo y sus padres biológicos. Resolución judicial.

® Se les proporcionará familia a niños y niñas que carecen de ella, ó que teniéndola no pueden permanecer en la misma por distintos motivos.

® Proceso bastante más largo.

® La familia adoptiva tendrá que proporcionar las mismas necesidades que a todos los niños y niñas, y además, algunas necesidades específicas a las tendrán que atender, como la necesidad de conocer su historia personal y familiar, el respeto a sus diferencias culturales y étnicas, en su caso, ó la búsqueda de sus orígenes.

Para finalizar decir que lo que se ha recogido en este documento ha sido a mi parecer la parte más importante que trata el tema de menores en desamparo. Personalmente he elegido expandirme en el tema de acogimiento ya que es un contenido esencial a la hora de llevar a cabo una intervención con este colectivo. He decidido evitar la explicaciones de cada programa, ya que se entraría en terrenos más específicos y podría crear en los lectores de mi blog confusiones. Prefiero establecer un contenido conciso, estructurado y claro, que meter contenido por meter. También me gustaría añadir que es un tema muy relacionado con otra actividad ya expuesta en Blog, "El Bola". Con esta exposición se puede apreciar los recursos legislativos como administrativos que se llevaría a cabo en la posible intervención de Pablo.

En relación a la exposición de mis compañeras, creo que la realizaron muy bien, utilizaron un buen lenguaje, dejando así claro todos los contenidos y en definitiva realizaron un buena exposición. Me gusto.

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